jueves, 16 de octubre de 2008



Estudio Liste Vilas & Asociados



  • El Estudio Jurídico LISTE VILAS & ASOCIADOS es una joven y dinámica firma de Abogados cuya actividad profesional se orienta fundamentalmente al asesoramiento y representación de todo tipo de cuestiones de derecho privado y público.

    Somos un Estudio Jurídico Integral que, con seriedad y eficiencia, brindamos a nuestros clientes las soluciones estratégicas legales que requieren sus necesidades y desafíos en el mundo actual, con el anhelo de alcanzar su entera satisfacción.

    Los profesionales que integran este Estudio están altamente capacitados en el asesoramiento jurídico a fin de brindar un servicio que exceda las expectativas.

    Nuestra misión consiste en ofrecer a nuestros clientes, tanto particulares como empresariales, un servicio profesional integral y personalizado, junto al compromiso de realizar dicha labor fomentando:

    - Los lazos informativos permanentes con el cliente respecto del asunto encomendado.
    - La calidad del servicio prestado.
    - La optimización del tiempo y de los recursos.
    - Los valores éticos y el secreto profesional.

    Esta atención personalizada que Usted requiere y merece se ve apoyada también en que todos los temas son estudiados y revisados por los socios, lo que le asegura el control, la atención y la importancia que su caso representa para nosotros.

    A más de la tradicional y ágil labor llevada a cabo por el Estudio, proponemos un trato continuo con el cliente, a fin de prevenir futuros inconvenientes y procurar una mejor y más rápida solución a los problemas presentados. Inclusive, en muchas oportunidades, el contacto directo del profesional con la sede de la empresa ayuda al mejoramiento de esa gestión previsora.

    Como servicio destacado, el Estudio brinda información permanente y actualizada sobre el estado de los asuntos encomendados, ya que lo que nos interesa es que Usted pueda ocupar su tiempo productivo en sus quehaceres y negocios y no en sus problemas, que para eso estamos nosotros.

    Para desarrollar eficientemente esta labor, contamos con un sistema informático integrado a bases y redes jurídicas que nos permiten actualizarnos permanentemente en la realidad legal nacional e internacional. En cuanto a los asuntos legales que nos encomiendan, utilizamos un moderno sistema de control de expedientes -denominado Lex Doctor- totalmente integrado en red, más conexión a Internet por banda ancha, lo que nos permite conocer información precisa y actualizada de cada caso llevado al instante.

    Es por ello que, acompañando a las nuevas necesidades surgidas en la sociedad, nuestros clientes cuentan con un sistema de “Asesoramiento Jurídico Online”, mediante el cual el Estudio ofrece respuestas inmediatas -las 24 horas- a todo posible conflicto legal que se pudiera suscitar. Este servicio de asistencia virtual es la solución para lograr una rápida respuesta a su conflicto, brindando un sustancial ahorro de tiempo y dinero.

    Los valores que nos motivan en esta labor son:

    Confianza
    Nuestra función es ayudarlo a resolver sus conflictos y problemas legales. Bríndenos su confianza.

    Trato personalizado y profesional
    Usted debe ser escuchado para que juntos podamos llegar a la mejor solución de su problema.

    Continuo respaldo
    Permanecemos a su lado, listos para brindarles la mejor ayuda legal.

    Por ello, son muchas las razones que le podemos brindar para convencerlo de elegir nuestros servicios. Entre ellas:

    Ø Porque tenemos experiencia en la resolución de los conflictos legales que se suscitan como consecuencia de la dinámica realidad actual.

    Ø Porque creemos en el Estado de Derecho, formando parte del sistema de administración de justicia.

    Ø Porque estamos convencidos de que somos capaces de responder a las necesidades que nos planteen nuestros clientes.

    Ø Porque sólo entendemos desarrollar la práctica profesional con la seriedad, el respeto y la atención que ello requiere.

    Ø Porque sabemos que la justicia se logra alcanzando el debido conocimiento, sólidos estándares éticos y prudencia.

    Ø Porque sabemos que el éxito sólo llegará cuando logremos la total satisfacción del cliente.


    MEDIACIÓN

    El conflicto es la pugna que se produce sobre un asunto entre dos o más personas, teniendo un resultado incierto. Éste, como parte integrante de la compleja trama que rige a las relaciones humanas, muchas veces llega a convertirse en un litigio judicial debido al mal manejo con que fue desarrollado.

    Por ello, antes de volcarse intensamente a solucionar el caso en los estrados judiciales, creemos importante bregar por una oportuna e idónea negociación.

    Es así que proponemos no asumir como algo natural la inmediata judicialización de los conflictos, sino que pugnamos por arribar a una mejor solución extrajudicial con varias alternativas a evaluar según el caso, como ser:

    Acuerdos Extrajudiciales.
    Arbitraje.
    Mediación.
    Negociación de Acuerdos.
    Resolución Alternativa de Conflictos.

    Es por esto que le ofrecemos el servicio de “Mediación Privada”, brindando un ámbito adecuado en nuestras oficinas para la resolución de conflictos, con profesionales aptos que asisten a las partes y al mediador en su tarea conciliadora. El fin que persigue LISTE VILAS & ASOCIADOS es agotar, en la medida de lo posible y viable, todos los recaudos de resolución del conflicto en una instancia previa a la judicial, con el objeto de evitar la promoción de juicios que implicarán onerosas demoras y dilataciones al cliente.


    ASESORAMIENTO JURÍDICO ESPECIALIZADO

    Los profesionales del Estudio se desempeñan en distintas áreas legales, tales como:

    Derecho Civil ► Daños y Perjuicios / Accidentes de Transito con o sin Lesiones / Confección de Contratos Civiles / Responsabilidad por Mala Praxis Médica / Divorcios / Alimentos / Tenencias y Régimen de Visitas / Liquidación de la Sociedad Conyugal / Medidas Cautelares / Inhabilitaciones / Insanias / Adopciones / Filiaciones / Patria Potestad / Violencia Familiar / Juicios Sucesorios / Declaratoria de Herederos / Testamentos / Inscripciones / Alquileres: redacción de contratos; desalojos; ejecución de expensas; administración.

    Derecho Societario ► Constitución de Sociedades / Fusiones y Adquisiciones / Conflicto entre Socios o Accionistas / Compraventa de Acciones / Concursos Preventivos y Quiebras / Redacción de Contratos Comerciales / Representación de Acreedores / Ejecución de Títulos, Créditos Hipotecarios y Prendarios / Defensa del Consumidor y Competencia Desleal / Responsabilidad por Productos Defectuosos.

    Derecho del Trabajo ► Cambios en las Condiciones de Trabajo / Conciliación Laboral (SECLO) / Despidos / Accidentes Laborales / Redacción y Asesoramiento de Contratos de Trabajo / Redacción de Cartas Documento; Telegramas Colacionados.

    Derecho Administrativo ► Régimen de Faltas Especiales y de Tránsito: Multas y Clausuras (totales o parciales) de Comercios / Seguridad e Higiene / Planificación Urbana / Faltas Tributarias / Asesoramiento / Tramitación.

    Derecho Contravencional y Penal.


    IMPORTANTE
    A la hora de ser necesaria la atención de alguno de estos asuntos, LISTE VILAS & ASOCIADOS le brinda la orientación que Usted necesita.

    Creemos que lo más importante que le podemos ofrecer es una atención personal, diaria y permanente en el asunto que nos encomiende, garantizándole que dispondremos de todos los medios para obtener los resultados por Usted perseguidos.

    Recuerde que todas las acciones realizadas por los abogados del Estudio están guiadas por las normas de Ética Profesional, construidas durante siglos por generaciones y generaciones de abogados. En nuestro país, los Colegios Profesionales las han sistematizado en forma de normas, cuyo cumplimiento está custodiado por los cuerpos disciplinarios establecidos al efecto. En la Ciudad de Buenos Aires, el abogado debe guiarse por los preceptos del Código de Ética establecidos en la Ley 23.187.

    Por ello, compartimos el pensamiento de los que opinan que:

    Un CLIENTE es el individuo más importante que haya entrado jamás a este Estudio, ya sea en persona, carta o mail.

    Un CLIENTE no depende de nosotros, nosotros dependemos de él.

    Un CLIENTE no interrumpe nuestro trabajo, sino que él es el objeto de ello.

    No le hacemos el favor de servirlo, él nos hace el favor de darnos la oportunidad de hacerlo.

    Un CLIENTE no es alguien con quien discutamos o a quien engañemos. Nadie ha ganado nunca en contra de un CLIENTE.

    El CLIENTE nos expone sus deseos. Nuestro trabajo consiste en satisfacerlos, para su bien y el nuestro.



    “ SIEMPRE ANTES DE FIRMAR, CONSULTE
    A SU ABOGADO DE CONFIANZA ”




    El Estudio se maneja con varias herramientas para desarrollar eficientemente esta tarea, a saber:

    E-mail y Messenger
    Llamada telefónica.
    Carta simple.
    Negociación y Mediación Privada.
    Demanda Judicial.


    CONSULTAS JURIDICAS SOLO CON CITA PREVIA

    En el Estudio atendemos todos los días únicamente con cita previa, pactada telefónicamente en los horarios de atención o por mail.
    Los horarios de atención son martes, miércoles y jueves de 12 a 17 horas, al teléfono (011) 4328-4669 o al E-mail: listevilas@fibertel.com.ar.
    Rogamos que no asistan al Estudio directamente porque, debido a motivos de seguridad, no serán atendidos.
    Tenemos nuestra agenda organizada de modo que ningún cliente tenga que esperar para ser atendido, por eso fijamos día y horario de entrevista.


    SERVICIO JURÍDICO PREPAGO

    El Estudio ofrece el Sistema de Abono Mensual, por el cual Usted y su empresa obtienen un servicio de alta calidad en asistencia jurídica, muy utilizado en la actualidad, de modo de poder contar en todo momento con un profesional capacitado para orientarlo y ayudarlo en sus consultas.

    Adhiriéndose a este servicio, Usted quedará cubierto y protegido ante eventualidades y conflictos legales que se pudieran suscitar, con un costo bastante inferior al que demandaría cada tema por separado, además del plus tranquilizador que significa contar con profesionales que conocen el tema y están listos para actuar cuando sea necesario.

    Por ello, las principales ventajas del sistema son:

    La tranquilidad de contar siempre con abogados capacitados para resolver su cuestión.
    Menor costo comparado al que demandaría tratar cada caso en particular.
    Conocer anticipadamente al profesional que seguirá su caso.
    Contar con el apoyo de un soporte jurídico integral las 24 horas del día.
    Superarnos al brindar un servicio legal competitivo e inigualable.

    Recuerde que el tener un Abogado Consultor siempre es recomendable para conversar periódicamente, evacuar dudas y elaborar hasta los más insignificantes documentos. Un error en esta etapa por no realizar la consulta necesaria muchas veces sólo puede solucionarse en los Juzgados, en donde se deberá invertir mucho más tiempo y dinero que el que se hubiera erogado por la consulta preventiva.


    TARIFAS

    ABONO MENSUAL: $ 200,00.- Incluye respuesta a sus consultas legales realizadas por teléfono, correo electrónico o chat; y la redacción de intimaciones por carta documento.
    No incluye la intervención o asistencia personal en actuaciones judiciales o reuniones extrajudiciales.
    Este servicio se limita a un máximo de 4 (cuatro) utilizaciones al mes. Cada llamado telefónico o mail respondido, por ejemplo, equivale a una utilización. Las utilizaciones no son acumulables mes a mes.
    Si su consulta requiere posteriormente la intervención profesional de un abogado, los honorarios se estipularán por separado.

    CONSULTA PERSONAL: $ 50,00.- Realizada en el Estudio y atendida por los socios. Duración: 45 (cuarenta y cinco) minutos. Incluye revisión y análisis de documentación que no revista una especial complejidad; y la definición de estrategias legales posibles a implementar en un caso concreto. Si la consulta dura más tiempo, se facturará fraccionando el tiempo excedente de una hora.
    El análisis de expedientes en trámite se cobra por separado y según la cantidad de cuerpos que tenga.
    El presupuesto de honorarios en Sucesiones es sin cargo (no incluye asesoramiento legal).

    HONORARIOS: Por el ejercicio de la profesión, los profesionales del Estudio percibirán honorarios, los cuales -como pauta orientadora- serán calculados de acuerdo con lo legislado por la Ley Nº 21.839 de Honorarios Profesionales, actualizada con las modificaciones de la Ley Nº 24.432.


    MEDIOS DE PAGO

    Ø Personalmente: en moneda nacional o cheque personal, en nuestras oficinas citas en Av. Corrientes 745 Piso 2º Of. 25 de la Ciudad de Buenos Aires.

    Ø A través de Internet: por transferencia bancaria, enviando por mail o fax constancia del depósito.

    Ø Depósitos Bancarios Directos: en cuenta bancaria desde cualquier sucursal del BANCO SANTANDER-RIO. Cuenta única en pesos, cuyo número debe ser solicitado, enviando también por mail o fax constancia del depósito efectuado.

    * La disponibilidad del servicio contratado está condicionada a la confirmación de la acreditación del pago, por parte de la entidad bancaria y/o financiera elegida.

    CONDICIONES DE USO DEL SERVICIO
    1. Toda la información recibida por un abogado reviste el carácter de confidencial, y se encuentra resguardada por el secreto profesional (artículo 6 inciso F y artículo 7 inciso C de la ley 23.187; artículo 10 inciso H del "Código de Ética"; artículo 156 del Código Penal de la Nación Argentina).
    2. Solicitamos acreditar identidad, indicar los nombres de las personas involucradas en el conflicto y exhibir una copia veraz de los instrumentos base de la pretensión al momento de la consulta, a los efectos de evaluar un eventual conflicto de intereses con los clientes actuales del Estudio. Asimismo el consultante deberá informar su domicilio y teléfono de red (no celular). No atendemos consultas anónimas. Para eso garantizamos el secreto profesional.
    3. Los servicios no incluyen la participación personal del abogado en negociaciones extrajudiciales, mediaciones, intervención en procedimientos judiciales, análisis de instrumentos legales de especial complejidad, redacción de documentos, etc.


    SERVICIO JURÍDICO AL CLIENTE DE AUTOCONSULTA

    1) ¿CÓMO SE INICIA UNA SUCESIÓN?

    Tipos de Sucesiones

    Hay dos tipos de sucesiones:
    ü Ab Intestato (sin testamento)
    ü Testamentaria (con testamento)

    Cuánto dura una sucesión?
    Esto depende de la complejidad de la sucesión, que estará dada por la situación de los herederos en relación al acervo sucesorio. Normalmente, en promedio, el trámite de declaratoria de herederos no tarda más de 4 meses. Hay que tener presente, además, que luego de la publicación de edictos debe esperarse 30 días para el vencimiento del plazo de presentación de herederos.

    Que honorarios se cobran por una sucesión?
    Esto dependerá de si existen o no bienes y si la sucesión tramita en Capital o Provincia. Usualmente pactamos nuestros honorarios dentro del mínimo legal, contemplando la situación económica del cliente y, de ser necesario, otorgamos facilidades de pago. Sean estas en cuotas o, lo que es común, contra la realización (venta del algún bien) del acervo sucesorio.Siempre, a los efectos de dotar a la operación de la mayor transparencia, instrumentamos los acuerdos de honorarios por escrito. Esto permite, además, tener acordado un presupuesto, previo a la regulación judicial de honorarios que, por lo general, suele ser superior.

    Cuánto sale iniciar la sucesión?
    En Capital Federal los gastos de inicio son muy bajos y, hasta la declaratoria, lo mas oneroso son los edictos. Luego, al momento de inscripción en el Registro de la Propiedad, se paga la Tasa de Justicia del 1,5% del valor proporcional de los bienes que entran en la sucesión y los gastos de inscripción, que también son bajos.
    En la Provincia de Buenos Aires los gastos son un poco más onerosos. Ello en virtud de que además de pagar Tasa de Justicia, que asciende al 2,2% se abona Sobretasa de Justicia que es el 10% del monto de la tasa. Asimismo, se pagan ingresos brutos y cargas previsionales.
    Por otro lado tenemos el costo de los edictos, el cual variará conforme el diario en que se publiquen. No obstante, no son costosos en atención a que constan de pocas líneas.
    En cuanto a partidas y certificados, de ser necesaria su gestión, su costo también es bajo y dependerá de la jurisdicción. Esto puede llegar a resultar un poco más oneroso cuando se trata de documentos extranjeros.

    Requisitos Documentación a presentar
    Para iniciar una sucesión, se necesita la partida de defunción del causante (persona fallecida que genera la sucesión) y la partida de matrimonio o nacimiento que acredite el vínculo que se invoca. Es decir:
    ü Partida de defunción de la persona del causante de la sucesión.
    ü Partida que acredite el vínculo invocado con el fallecido, emitida por el Registro Civil (debe ser timbrada).
    ü Titulo de propiedad, si lo tuviese, de los bienes que integran el acervo sucesorio.

    No es indispensable:
    ü Fotocopia del DNI de los herederos que van a iniciar la sucesión.
    ü En el caso de Sucesión Testamentaria es necesario el testamento.

    Donde se inicia una sucesión?
    Como regla general, el lugar de inicio es el del último domicilio del causante.

    Se pueden conocer los bienes de una persona?
    Si. A través de informes emanados de los Registros de Propiedad, que podrán ser de Capital y/o Provincia. Para ello es necesaria la asistencia de un abogado en la solicitud.

    Que es el Tracto Abreviado?
    Se da cuando un heredero, en el marco del proceso sucesorio, vende una propiedad y ésta, con autorización del juez e intervención del escribano, se inscribe en el Registro de la Propiedad directamente a nombre del adquirente.

    TESTAMENTOS

    Con independencia del testamento de que se trate, nunca se podrá disponer en él de la legítima, la que está reservada a los herederos forzosos, salvo que estos sean excluidos por alguna de las restrictivas y exclusivas causales prescriptas en el Código Civil.

    Tipos de Testamentos

    I. Testamento Ológrafo
    Es el más simple de todos. El testador lo hace de puño y letra, con fecha y firma. La desventaja de este tipo de testamento es que, en algunos casos, puede caer en poder de las personas equivocas o puede extraviarse. Asimismo, luego de la muerte del causante (testador) se va a necesitar dos testigos que reconozcan la firma y letra. Una alternativa para evitar esto último, es certificar la firma por escritura pública.

    II. Testamento por Escritura Pública
    Este resulta más oneroso, pero es el más aconsejable porque dota al testamento de la mayor seguridad jurídica. Se realiza ante escribano público con dos testigos acordando validez legal, pero su costo es bastante oneroso.

    III. Testamento Cerrado
    Es un testamento que puede ser ológrafo y se presenta en sobre cerrado ante escribano, en presencia de 5 testigos, dejándose constancia en un acta notarial. Es decir, el contenido del mismo se mantiene en confidencialidad.

    Quiénes son los herederos forzosos?
    Son los hijos, los padres y el cónyuge supérstite en su caso. En toda sucesión debe respetarse su parte legítima, que es la parte que la ley le otorga obligatoriamente a cada uno de ellos. Por ejemplo: una persona que tiene hijos puede disponer de 1/5, para donación, legado, etc.
    Entonces, los herederos forzosos son:
    ü Los descendientes: hijos, nietos, etc.
    ü Los ascendientes: padre y/o la madre del fallecido. A falta de estos, representan los ascendientes más próximos en grado.
    ü El cónyuge.

    Hay otras personas que pueden heredar pero que no revisten el carácter de herederos forzosos, a saber: hermanos, sobrinos, tíos, etc.
    Los herederos forzosos sólo pueden excluirse por causas graves de desheredación establecidas en el Código Civil o por su expreso rechazo de la herencia.

    Bienes Propios
    Los bienes propios son los adquiridos con anterioridad al matrimonio o, posteriormente, por legado, donación o herencia.

    Qué es el Derecho de Representación en una Sucesión?
    Es la facultad que la ley le otorga a los descendientes de una persona que debía heredar y falleció, de colocarse en el lugar de ésta para poder recibir la herencia que por derecho le hubiere correspondido.

    Si hay varios herederos, puede sólo uno iniciar la sucesión?
    Si. Es suficiente la voluntad de uno sólo de los herederos, quién iniciará la sucesión denunciando la existencia del resto para su correspondiente citación.

    Cuándo se puede realizar una Cesión de Derechos?

    La Cesión de Derechos puede realizarse a partir del deceso del causante, nunca antes. Para que ésta sea válida deberá efectuarse ante escribano público.

    IMPORTANTE: este resumen no es más que un boceto ejemplificativo sobre cómo es una Sucesión. Consúltenos concretamente sobre su caso.


    2) CONTROL DE EXPEDIENTES JUDICIALES

    http://www.pjn.gov.ar/ - Poder Judicial de la Nación.
    http://www.scba.gov.ar/ - Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires.
    http://www.cncom.gov.ar/ - Justicia Nacional en lo Comercial.
    http://www.jusbaires.gov.ar/ - Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.
    http://www.csjn.gov.ar/ - Corte Suprema de Justicia de la Nación.


    3) LEGISLACIÓN

    - Constitución de la Nación Argentina
    - Código Civil Argentino
    - Código de Comercio
    - Código Penal Argentino
    - Código de Minería de la Nación
    - Código Aduanero
    - Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
    - Código Procesal Penal de la Nación
    - Ley de Propiedad Horizontal
    - Ley de Locaciones Urbanas
    - Ley de Amparo
    - Ley de Seguros
    - Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
    - Convención de los Derechos del Niño
    - Pacto de San José de Costa Rica
    - Tratado de Asunción -constitutivo del MERCOSUR-
    - Protocolo de Ouro Preto
    - Declaración Universal de los Derechos Humanos
    - Instrumentos Legales del MERCOSUR
    - Listado de Leyes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
    - Ley de Defensa del Consumidor
    - Convenio de Comunicación entre Tribunales de Diferente Jurisdicción
    - Ley de Marcas
    - Convenio entre Argentina y Uruguay sobre Igualdad de Trato Procesal y Exhortos. Ley 22.410
    - Convenio Argentino-Uruguayo sobre Aplicación e Información del Derecho Extranjero. Ley 22.411
    - Ley de Tránsito
    - Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad
    - Ley Penal Tributaria
    - Ley de Ejercicio de la Abogacía en la Capital Federal
    - Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores de la Capital Federal


    4) DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA

    http://www.infoleg.mecon.gov.ar/ - Infoleg
    http://www.iijusticia.edu.ar/ - Bases Montos Indemnizatorios
    http://www.legislaw.com.ar/ - Legislaw
    http://www.microjuris.com/ - Buscador Microjuris
    http://www.lexisnexis.com.ar/ - Buscador Lexis
    http://www.saij.jus.gov.ar/ - Sistema Argentino de Informática Jurídica
    http://www.justiniano.com/ - Buscador Justiniano
    http://www.elderecho.com.ar/ - El Derecho
    http://www.societario.com/ - Revista de Derecho Societario
    http://www.mecon.gov.ar/ - Subsecretaría Defensa Consumidor
    http://www.aal.org.ar/ - Asociación Abogados Laboralistas


    5) DIARIOS DE NOTICIAS JUDICIALES

    http://www.diariojudicial.com.ar/ - Diario Judicial
    http://www.eldial.com.ar/ - El Dial
    http://www.noticiasjudiciales.com.ar/ - Noticias Judiciales


    6) ASOCIACIONES PROFESIONALES

    http://www.aaba.org.ar/ - Asociación de Abogados de Buenos Aires
    http://www.cpacf.org.ar/ - Colegio Público de Abogados Capital Federal
    http://www.casi.com.ar/ - Colegio Público de Abogados de San Isidro


    CONTÁCTENOS

    Estudio Jurídico LISTE VILAS & ASOCIADOSAvenida Corrientes 745, Piso 2º, Oficina 25, (1043)Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
    Tel./Fax: 4328-4669 – E-mail: listevilas@fibertel.com.ar
    Se atiende ÚNICAMENTE con entrevista concertada previamente.



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